Emprendetón Mérida 2026
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Reglamento del Emprendetón Mérida 2026

Condiciones de participación, convivencia, continuidad, cumplimiento e integridad de la competencia.

Versión 1.0Septiembre de 2026Versión web de referencia

1. Objeto y alcance

El presente Reglamento establece las condiciones generales de participación, convivencia, organización, continuidad y cumplimiento aplicables al Emprendetón Mérida 2026.

Sus disposiciones son aplicables a los participantes y equipos y, en aquello que corresponda, a mentores, jueces, aliados y demás personas que intervengan formalmente en el desarrollo del Emprendetón.

El Reglamento forma parte de un sistema documental compuesto, entre otros, por el Reglamento, las políticas específicas aplicables, la Rúbrica de Evaluación, la Guía Operativa para Jueces, el Manual del Participante y las comunicaciones operativas oficiales.

Prelación por materia. El Reglamento rige obligaciones, participación, convivencia y cumplimiento; las políticas específicas regulan materias particulares; la Rúbrica rige puntuación y criterios de evaluación; las comunicaciones oficiales regulan aspectos operativos concretos; y el Manual del Participante orienta la actuación y el aprendizaje.

Una recomendación del Manual del Participante no modifica ni sustituye una obligación establecida en este Reglamento.

2. Naturaleza del Emprendetón

El Emprendetón es un recorrido educativo y competitivo orientado a promover la identificación de problemas y oportunidades, la investigación, la formulación y contraste de hipótesis, la experimentación, la construcción de soluciones, la interacción con el ecosistema, la validación, el desarrollo de iniciativas capaces de crear valor y la capacidad de comunicar y defender resultados.

La participación combina aprendizaje, producción y competencia. El recorrido está diseñado para permitir que los equipos evolucionen durante todas sus fases.

No existe eliminación automática por posición competitiva entre fases.

Todos los equipos podrán continuar hasta el final siempre que mantengan su condición de participantes y cumplan las disposiciones aplicables.

3. Definiciones fundamentales

Participante
Persona natural formalmente admitida en el Emprendetón.
Equipo
Una o más personas que desarrollan una iniciativa bajo una misma identidad competitiva.
Identidad competitiva
Continuidad reconocible de un equipo dentro del Emprendetón, independientemente de que puedan producirse cambios razonables en su composición.
Iniciativa
Problema, oportunidad, propuesta, producto, servicio, solución o proyecto desarrollado por un equipo.
Fase competitiva
Fase cuyos resultados forman parte de la evaluación competitiva. Son Ideatón, Hackatón y Buildatón.
Fase de refinamiento
Periodo estructurado de aprendizaje, contraste y mejora que no recibe puntuación competitiva independiente. Son Refinamiento 1 y Refinamiento 2.
Pausa
Interrupción temporal de la participación con intención de continuar posteriormente.
Retiro definitivo
Manifestación expresa de voluntad de finalizar la participación competitiva.
Entregable
Evidencia, documento, archivo, repositorio, demostración, presentación u otro resultado solicitado oficialmente.
Organización
Equipo responsable de la coordinación y administración del Emprendetón.
Mentor
Persona que acompaña a los participantes mediante preguntas, orientación, conocimiento o experiencia sin sustituir la responsabilidad del equipo.
Juez
Persona autorizada para evaluar resultados de acuerdo con la Rúbrica de Evaluación y su criterio profesional.
Aliado
Persona u organización que contribuye al desarrollo del Emprendetón mediante conocimiento, infraestructura, recursos, servicios, personas u otras formas de colaboración.

4. Elegibilidad y participación

Podrán participar únicamente personas que hayan cumplido 18 años al momento de formalizar su registro.

La organización podrá solicitar la información estrictamente necesaria para verificar los requisitos de participación.

La formalización de la participación implica aceptación de este Reglamento, de las políticas complementarias aplicables y de los mecanismos oficiales de participación, comunicación y entrega.

Consentimientos separados. La aceptación del Reglamento no sustituye consentimientos específicos que deban obtenerse separadamente, incluyendo uso de imagen, tratamiento de datos, autorizaciones específicas o aceptación de servicios y plataformas externas.

La inscripción no otorga derechos de propiedad sobre el Emprendetón, sus marcas, sus plataformas, sus materiales institucionales ni activos pertenecientes a terceros.

5. Equipos

5.1. Composición

La composición de los equipos es abierta. Un participante puede iniciar el recorrido individualmente e incorporar posteriormente otros integrantes.

No existe una cantidad general obligatoria de miembros, salvo que una condición operativa específica sea comunicada previamente. Se recomienda alcanzar una composición suficientemente estable antes de la Buildatón.

5.2. Cambios de integrantes

Los equipos podrán incorporar, retirar o sustituir integrantes y redistribuir funciones internas. Los cambios ordinarios deberán ser notificados mediante los canales oficiales.

La autorización expresa de la organización será necesaria únicamente cuando el cambio altere sustancialmente la identidad competitiva, genere dudas sobre elegibilidad, afecte materialmente la continuidad de la iniciativa o pueda comprometer la integridad competitiva.

La organización podrá solicitar información razonable sobre personas que se incorporan o retiran, responsabilidades modificadas, trabajo producido antes y después del cambio, y autoría o titularidad de elementos relevantes.

5.3. Sustitución sustancial o total

La sustitución completa o prácticamente completa de los integrantes de un equipo no implica automáticamente la conservación de su identidad competitiva, historial ni puntuación acumulada.

Cuando los cambios alteren sustancialmente la identidad del equipo, la organización podrá autorizar la continuidad, establecer condiciones específicas, determinar la creación de una nueva identidad competitiva o adoptar otra solución razonable compatible con la integridad del evento.

Continuidad y autoría. Cuando sea material para comprender continuidad, autoría o mérito competitivo, la organización podrá solicitar documentación que distinga trabajo de integrantes anteriores y actuales, activos preexistentes y aportes incorporados durante el recorrido.

6. Categorías de participación

6.1. Innovación Incógnita

El equipo identifica y selecciona el problema u oportunidad que desea investigar y desarrollar.

6.2. Innovación Requerida

Una organización propone un desafío o ámbito de interés. La existencia de un desafío previo no sustituye la investigación del problema u oportunidad subyacente.

El equipo conserva la responsabilidad de comprender la situación, investigar, formular hipótesis, justificar decisiones, construir y validar.

7. Rubros

Las iniciativas podrán vincularse, entre otros, con Finanzas, Agro, Logística, Salud, Educación, Medio Ambiente y Turismo.

Podrán admitirse iniciativas interdisciplinarias o relacionadas con varios rubros cuando resulte razonable.

8. Naturaleza de las soluciones

Las soluciones podrán ser digitales, físicas, híbridas, de servicios, organizativas o combinaciones de las anteriores.

El uso de software no constituye un requisito general.

9. Fases del Emprendetón

  1. Ideatón competitiva
  2. Refinamiento 1 refinamiento
  3. Hackatón competitiva
  4. Refinamiento 2 refinamiento
  5. Buildatón competitiva

Las fases de refinamiento no reciben puntuación competitiva independiente. Las tres fases competitivas tienen igual peso dentro del resultado competitivo final.

La metodología detallada de evaluación se establece en la Rúbrica de Evaluación.

10. Obligatoriedad y continuidad

Todas las fases forman parte del recorrido completo del Emprendetón y son obligatorias para los equipos que pretendan completar formalmente la competencia.

Un equipo podrá realizar una pausa temporal. La pausa no equivale a retiro, no suspende automáticamente los plazos generales y no obliga a la organización a repetir actividades presenciales ya realizadas.

Cuando un equipo se reincorpore deberá ponerse al día con sus obligaciones antes del inicio de la Buildatón, salvo autorización excepcional.

Cuando corresponda, podrán utilizarse entregas diferidas, presentaciones diferidas y mecanismos razonables de recuperación.

Presentaciones diferidas. Deberán respetar, en lo razonablemente posible, las mismas condiciones, alcance y criterios de la presentación original. La organización podrá identificar el estado evaluable mediante entregables fechados, commits, versiones, videos, documentación u otras evidencias de corte, con el fin de evitar ventajas artificiales por desarrollo posterior.

11. Pausa y retiro definitivo

La pausa implica intención de continuar. El retiro definitivo implica la finalización de la participación competitiva.

Un equipo que comunique formalmente su retiro no conservará automáticamente su posición, puntuaciones, derechos de continuidad ni identidad competitiva.

Una eventual autorización posterior para participar nuevamente en alguna actividad no implica recuperar automáticamente la condición competitiva anterior. Cualquier solicitud extraordinaria posterior al retiro será evaluada por la organización.

12. Entregables

Los equipos son responsables de presentar los entregables solicitados para cada fase.

La organización podrá establecer requisitos relativos a contenido, formato, plataforma, fecha, modalidad de presentación y condiciones técnicas mínimas.

Los formatos podrán incluir PDF, SVG, PNG, JPG, MP3, MP4, repositorios, enlaces, demostraciones y archivos complementarios.

La organización procurará permitir alternativas razonables cuando una herramienta específica no resulte esencial.

Estabilidad de requisitos. Los requisitos materiales de una entrega no deberían modificarse una vez iniciado el periodo correspondiente, salvo necesidad excepcional debidamente comunicada.

13. Repositorios y software

Cuando una iniciativa incluya desarrollo de software podrá solicitarse el uso de repositorios privados.

Cuando se utilice GitHub, el repositorio podrá mantenerse privado con acceso para personas autorizadas por la organización y jueces cuando resulte necesario.

La existencia de código no constituye por sí sola evidencia suficiente de funcionalidad. El equipo deberá poder explicar, ejecutar o demostrar razonablemente aquello que presenta como resultado propio.

14. Bitácora

La bitácora es recomendada, no obligatoria y será privada por defecto.

El equipo podrá compartir voluntariamente fragmentos, capturas, decisiones, registros, evidencias o la bitácora completa.

La ausencia de bitácora no genera penalización automática ni podrá utilizarse como criterio negativo indirecto cuando el equipo demuestre por otros medios aquello que deba demostrar.

15. Presentaciones y demostraciones

Las presentaciones deberán mostrar de forma razonablemente verificable aquello que el equipo afirma haber logrado.

Las demostraciones podrán ser en vivo, grabadas, controladas, simuladas, físicas, digitales o híbridas.

Cuando una parte material sea simulada, manual, asistida o no funcional, deberá indicarse con claridad. No deberá presentarse como completamente funcional aquello que dependa de una simulación no declarada.

La claridad puede ser relevante para demostrar resultados, pero la evaluación no debe convertirse en un concurso de carisma, estética, calidad escénica o diseño gráfico aislado.

16. Conducta y convivencia profesional

Todos los participantes deberán mantener una conducta profesional y respetuosa.

No se tolerarán amenazas, hostigamiento, agresiones, violencia, trato degradante hacia otras personas, sabotaje, apropiación fraudulenta del trabajo ajeno, manipulación deliberada de evidencias, interferencia intencional con otros equipos ni conductas que comprometan materialmente la seguridad o continuidad del evento.

Las diferencias personales, ideológicas, políticas o religiosas deberán manejarse con respeto. Las actividades del Emprendetón deberán mantenerse centradas en asuntos pertinentes al evento.

La organización podrá intervenir cuando conversaciones o conflictos ajenos al propósito del Emprendetón deterioren la convivencia, interrumpan actividades, afecten a otros participantes o dificulten el desarrollo normal del evento.

Esta disposición regula conductas dentro del contexto del evento, no opiniones personales.

17. Mentores e incompatibilidad con jueces

Los mentores podrán formular preguntas, compartir conocimiento, señalar riesgos, recomendar métodos, cuestionar supuestos, aportar experiencia y facilitar conexiones.

Los mentores no deberán sustituir el trabajo del equipo. El equipo mantiene responsabilidad sobre sus decisiones, investigación, construcción, afirmaciones y resultados.

El mentor mejora la capacidad del equipo; no se convierte en un miembro invisible del mismo.
Incompatibilidad absoluta. Las funciones de mentor y juez son incompatibles dentro de una misma edición del Emprendetón. Quien actúa como mentor no puede actuar como juez y quien actúa como juez no puede actuar como mentor, independientemente de los equipos con los que haya interactuado.

18. Evaluación

La evaluación competitiva se realizará conforme a la Rúbrica de Evaluación oficial.

Las dimensiones generales son Pertinencia, Evidencia, Valor, Ejecución, Evolución y Viabilidad.

Los jueces evaluarán individualmente según la Rúbrica, las reglas aplicables y su criterio profesional. Deberán ser personas distintas de quienes desempeñen funciones de mentoría durante la edición correspondiente.

La evaluación deberá basarse en aquello que el equipo haya demostrado, documentado, presentado o hecho razonablemente verificable.

No corresponde completar mediante suposiciones aquello que el equipo no haya podido demostrar.

19. Criterios profesionales complementarios

La Rúbrica y la Guía Operativa para Jueces podrán admitir criterios profesionales complementarios vinculados con la experiencia o especialidad del juez.

Dichos criterios deberán ser públicos, no podrán sustituir los criterios comunes, no generarán puntuación independiente y no podrán crear obligaciones retroactivas.

20. Resultados y reconocimientos

La clasificación competitiva se determinará según la metodología establecida en la Rúbrica.

Los reconocimientos especiales serán independientes de la clasificación general. Podrán existir reconocimiento del jurado, reconocimiento de participantes, reconocimiento por votación popular u otras modalidades anunciadas.

Cuando exista elección entre participantes, nadie podrá votar por su propio equipo salvo disposición expresa en contrario. Los reconocimientos no modificarán automáticamente la puntuación competitiva.

21. Feedback

Podrán existir feedback general al finalizar fases competitivas, comentarios intermedios, observaciones de mentores y comentarios de jueces.

Los comentarios intermedios son orientativos, no constituyen puntuación provisional, no obligan posteriormente al juez y no garantizan un resultado.

22. Decisiones de jueces y revisión

Las decisiones de los jueces son finales dentro de su ámbito de evaluación, salvo que existan motivos de peso que justifiquen revisión.

Podrán constituir motivos de revisión un error administrativo material, conflicto de interés no considerado, evaluación de elementos correspondientes a otro equipo, incumplimiento manifiesto del procedimiento u otra circunstancia excepcional capaz de comprometer sustancialmente la integridad del resultado.

La simple disconformidad con una puntuación no constituye motivo suficiente. Una revisión no constituye una nueva oportunidad para modificar, completar, mejorar o volver a presentar la iniciativa evaluada.

Plazo. La solicitud deberá realizarse mediante el canal oficial correspondiente dentro de las 24 horas siguientes a la comunicación formal del resultado, salvo que la organización haya comunicado previamente otro plazo aplicable.

23. Propiedad intelectual

Salvo derechos preexistentes de terceros, la propiedad intelectual generada por un equipo pertenece a sus respectivos creadores.

La organización no adquiere automáticamente propiedad, participación económica, derechos de explotación ni licencias exclusivas por admitir, acompañar o evaluar una iniciativa.

Los acuerdos internos sobre propiedad, porcentajes, explotación, continuidad o licencias son responsabilidad de los integrantes.

Salida de integrantes. La salida, exclusión o sustitución de una persona no transfiere automáticamente sus derechos sobre aportes anteriores al resto del equipo. La continuidad competitiva y la titularidad intelectual son cuestiones distintas.

La organización no actúa automáticamente como árbitro de disputas internas de propiedad intelectual, aunque podrá aceptar voluntariamente funciones de mediación sin obligación de resolver jurídicamente la controversia.

24. Material preexistente y recursos de terceros

Los equipos podrán utilizar materiales y recursos preexistentes, incluyendo código propio anterior, código abierto, librerías, frameworks, APIs, datasets, modelos, herramientas de inteligencia artificial, plantillas, servicios, hardware, diseños, repositorios, investigaciones y conocimiento previamente desarrollado.

Cuando sea material para comprender mérito competitivo, autoría o grado de avance, el equipo deberá distinguir razonablemente entre recursos previos, recursos de terceros y trabajo desarrollado durante la competencia.

Todo uso deberá respetar licencias, derechos de autor, propiedad intelectual, términos de servicio, obligaciones contractuales, requisitos de atribución y demás derechos aplicables.

25. Inteligencia artificial

El uso de inteligencia artificial está permitido. El equipo conserva responsabilidad sobre sus resultados.

Una afirmación no se convierte en evidencia porque haya sido generada por una inteligencia artificial.

Cuando el uso de IA tenga influencia significativa sobre un resultado, el equipo deberá poder explicar para qué fue utilizada, cómo verificó razonablemente el resultado y qué decisiones asumió el equipo.

No será obligatorio presentar historiales completos de prompts salvo disposición específica. El código producido con IA podrá utilizarse cuando el equipo pueda comprenderlo razonablemente, integrarlo, probarlo y asumir responsabilidad sobre él.

26. Datos, privacidad, confidencialidad y seguridad

Los equipos deberán actuar de manera proporcional al riesgo de sus iniciativas.

Como obligaciones mínimas deberán evitar exponer credenciales o secretos sin necesidad, evitar recopilar datos personales innecesarios, respetar derechos y restricciones aplicables y no realizar acciones que generen riesgos injustificados para terceros.

El hecho de que un dato sea públicamente accesible no implica automáticamente libertad irrestricta de reutilización.

Información de terceros. No podrá utilizarse, divulgarse ni presentarse como evidencia material obtenido de manera que vulnere razonablemente obligaciones de confidencialidad, privacidad, autorización o derechos de terceros. Ante una situación dudosa deberá escalarse a la organización antes de continuar.

27. Uso de imagen

La utilización de imagen, voz o material audiovisual identificable estará sujeta a la autorización correspondiente.

Las autorizaciones solicitadas deberán limitarse razonablemente a fines relacionados con documentación del evento, comunicación, difusión, promoción y memoria institucional.

La participación no constituye por sí sola una cesión ilimitada de derechos de imagen.

28. Integridad de la evidencia

Toda evidencia presentada debe representar de buena fe aquello que el equipo afirma que representa.

La fabricación, manipulación material, ocultamiento deliberado de limitaciones o tergiversación de evidencia puede afectar la evaluación y constituir un incumplimiento del Reglamento.

Cuando exista una posible irregularidad, los jueces deberán remitir el asunto a la organización; no corresponde al juez imponer unilateralmente una sanción disciplinaria.

29. Incumplimientos

Ante un posible incumplimiento, la organización podrá considerar gravedad, intencionalidad, impacto, reincidencia, posibilidad de corrección, riesgo para otras personas y riesgo para la integridad de la competencia.

  1. advertencia;
  2. solicitud de corrección;
  3. limitación o suspensión temporal de determinadas actividades;
  4. suspensión de participación;
  5. exclusión.

La escala no deberá aplicarse necesariamente de forma secuencial. Una conducta grave podrá justificar directamente medidas superiores.

Cuando las circunstancias lo permitan, la persona afectada deberá ser informada razonablemente del motivo y tener oportunidad de presentar su versión.

30. Medidas urgentes

Cuando exista riesgo razonable para personas, instalaciones, sistemas, datos, propiedad, integridad competitiva o continuidad del evento, la organización podrá adoptar medidas provisionales inmediatas.

En estos casos, la oportunidad de presentar la versión del afectado podrá producirse posteriormente. Las medidas deberán ser proporcionales y podrán revisarse.

31. Exclusión individual y continuidad del equipo

La exclusión de un participante no implica automáticamente la exclusión de todo su equipo.

El resto podrá continuar salvo que la infracción comprometa al equipo en conjunto, exista participación colectiva en la conducta, la continuidad resulte materialmente imposible o se comprometa gravemente la integridad competitiva.

La organización evaluará cada caso según sus circunstancias.

32. Ausencia o incumplimiento de entregables

La ausencia de un entregable obligatorio constituye un incumplimiento.

Las consecuencias administrativas se regirán por este Reglamento. La incidencia sobre la puntuación se determinará exclusivamente conforme a la Rúbrica de Evaluación.

No deberá asumirse una puntuación automática de cero salvo que así resulte de las reglas de evaluación aplicables.

33. Conflictos de interés e incompatibilidades de jueces

Los jueces deberán declarar cualquier conflicto de interés relevante.

Interés económico directo. Una inversión, participación económica o interés financiero directo en un equipo constituye incompatibilidad para evaluar específicamente a ese equipo. El juez deberá apartarse de esa evaluación.

Otros conflictos podrán gestionarse mediante recusación o sustitución, limitación de participación, exclusión respecto de determinados equipos o criterios, u otra medida razonable que preserve la independencia de la evaluación.

La incompatibilidad mentor–juez es absoluta para toda la edición y se rige por la sección 17.

34. Casos no previstos

Las situaciones no contempladas expresamente serán resueltas atendiendo a finalidad del Emprendetón, equidad, integridad competitiva, proporcionalidad, buena fe, continuidad operativa y consistencia con decisiones anteriores comparables.

Cuando una decisión afecte a múltiples participantes, genere un precedente significativo o altere una interpretación relevante, la organización procurará comunicar el criterio adoptado.

35. Comunicaciones oficiales

La organización determinará y publicará los canales oficiales aplicables en cada momento.

Los participantes son responsables de consultar razonablemente dichos canales durante el desarrollo del evento.

Las comunicaciones realizadas mediante canales no reconocidos oficialmente no generarán automáticamente obligaciones para la organización.

36. Modificaciones, vigencia y aceptación

36.1. Modificaciones

La organización podrá modificar este Reglamento cuando resulte necesario para corregir errores, aclarar disposiciones, resolver necesidades operativas, proteger a los participantes o preservar la integridad del evento.

Los cambios relevantes deberán identificarse mediante versión o fecha, indicar su entrada en vigor y comunicarse mediante canales oficiales. Los cambios materiales durante el evento deberán incluir una explicación breve de su motivo.

No deberán introducirse modificaciones retroactivas que perjudiquen injustificadamente actuaciones realizadas de buena fe bajo reglas previamente vigentes.

36.2. Vigencia

El presente Reglamento corresponde al Emprendetón Mérida 2026 y entra en vigor desde su publicación oficial.

La versión web vigente constituye la referencia oficial de este documento. Las versiones PDF sirven como representación secundaria para descarga, archivo, impresión y consulta offline.

36.3. Aceptación

La formalización de la participación implica que el participante declara haber tenido acceso al presente Reglamento y acepta cumplirlo durante su participación en el Emprendetón.

Esta aceptación no sustituye consentimientos, autorizaciones ni acuerdos independientes que deban formalizarse separadamente.